Política

El Gobierno central no cree que se puedan adoptar en Canarias medidas específicas que hagan "más restrictivo" el empadronamiento

El Gobierno central considera que establecer en la futura Ley de Régimen Local medidas como las reclamadas por el Parlamento de Canarias para que en los municipios del Archipiélago haya "requisitos más estrictos" para el ...

El Gobierno central no cree que se puedan adoptar en Canarias medidas específicas que hagan "más restrictivo" el empadronamiento

El Gobierno central considera que establecer en la futura Ley de Régimen Local medidas como las reclamadas por el Parlamento de Canarias para que en los municipios del Archipiélago haya "requisitos más estrictos" para el empadronamiento, de modo que sólo puedan hacerlo quienes se encuentran en una situación que les permite permanecer legalmente en España, "sería establecer una discriminación con respecto al resto de municipios para la que no se puede encontrar justificación".

No obstante, el Ejecutivo indica en una respuesta por escrito al senador de Coalición Canaria por Tenerife y presidente del Cabildo de la Isla, Ricardo Melchior, que en el Grupo de Trabajo sobre Población constituido entre la administración central y la autonómica "se estudiará la viabilidad jurídica" de que, al menos en Canarias, se recoja "de forma experimental", como información necesaria para el empadronamiento de ciudadanos que no procedan de países de la UE, "la situación regular o irregular del empadronado".

En su respuesta a Melchior, con fecha del pasado 15 de junio, el Ejecutivo indica que "el principio de igualdad ante la Ley impide el establecimiento de unos requisitos diferenciados para proceder al empadronamiento de los ciudadanos dependiendo del municipio en que se resida".

Asmismo señala que el empadronamiento "es una obligación de todas las personas que residan habitualmente en España" y debe efectuarse "en el municipio en el que habiten durante más tiempo al año", pero que aunque el Padrón constata la residencia habitual en el municipio, según la vigente Ley de Régimen Local "es ajeno al caracer legal o no de dicha residencia".