Política

Costas trunca los planes urbanísticos en el Islote del Francés, fijando el deslinde en 100 metros

La resolución ordena declarar la “posesión y titularidad dominical a favor del Estado de los bienes deslindados”, sobre los que solo se podrá solicitar una concesión para usos compatibles con ese tipo de suelo

La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar ha aprobado el deslinde del dominio público marítimo-terrestre en el Islote del Francés, fijando en 100 metros la zona de servidumbre. Así, trunca los proyectos urbanizadores que llevaban años planteándose en este espacio emblemático de Arrecife.

La resolución, fechada el pasado 16 de septiembre, desestima las alegaciones presentadas por la propiedad, a través de las empresas Inversiones Islote del Francés, S.L., Club de Golf El Cortijo S.L., Hoya Pozuelo, S.L., Promobandama, S.A y Promotora Roque San Juan, S.L., que solicitaban que la anchura de servidumbre se fijara solo en 20 metros, alegando que el suelo tenía “carácter urbano” reconocido con anterioridad a la Ley de 1988.

Sin embargo, la Dirección de Costas responde que en el Plan General de 1969 se clasificaba como “suelo de reserva urbana, equivalente a suelo urbanizable”, pero no como suelo urbano. Respecto a la sentencia a la que se aferraban los promotores, que señalaba que los terrenos reunían “los caracteres necesarios para su inclusión en el Plan como urbano”, concluye que el hecho de que “tuvieran en el año 1991 la consideración de urbanos, no puede significar que esta consideración pueda ser extrapolable a la situación de dichos terrenos en el año 1988”, cuando entró en vigor la Ley de Costas. 

Este expediente de deslinde se inició en 2019 y desde esa fecha se ordenó la paralización cautelar del otorgamiento de licencias de obra en el Islote del Francés. Ahora, la resolución señala que se deberá declarar la “posesión y titularidad dominical a favor del Estado de los bienes deslindados”. 

Además, ordena a la Demarcación de Costas en Canarias que “inicie las actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el deslinde aprobado”. Respecto a la existencia de “posibles derechos de particulares que hayan quedado afectados por este deslinde”, señala que la Ley prevé su “transformación en derechos de uso”, para lo que deberían solicitar una concesión, siempre que se trate de actividades preexistentes o de otras que puedan ser compatibles con una zona de servidumbre, lo que descarta la construcción de viviendas u hoteles.

La otra opción pasaría por recurrir este deslinde y continuar en los tribunales esta batalla que dura ya décadas.