Política

Costas acepta las alegaciones del Ayuntamiento de Teguise y sitúa en 20 metros el deslinde de Caleta de Caballo

La zona de afección del deslinde marítimo terrestre de Caleta de Caballo se sitúa en los 20 metros, según la Dirección General de Costas. A pesar de que por norma el área dependiente de Medio Ambiente lo estime en ...

La zona de afección del deslinde marítimo terrestre de Caleta de Caballo se sitúa en los 20 metros, según la Dirección General de Costas. A pesar de que por norma el área dependiente de Medio Ambiente lo estime en 100 metros, finalmente ha atendido a las alegaciones del Consistorio a este respecto y ha establecido la zona de afección a los primeros 20 metros más cercanos al mar.

Así, desde el departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Teguise, su edil responsable, Juan Jesús González Docal, valora positivamente la aceptación de las alegaciones y confiesa que "es una buena noticia para los vecinos de Caleta de Caballo". Y es que, de no haber considerado Costas el argumento del Consistorio, basado en que la zona donde viven los habitantes de Caleta de Caballo se constituyó antes de la aprobación de la ley en el año 1989, el núcleo urbano de la localidad costera hubiera estado afectado por la normativa.

Para demostrar la veracidad del argumento, el Concejo presentó diversa documentación, incluyendo fotografías antiguas y documentos donde se demostraba el carácter urbano del lugar antes de la aprobación de la Ley de Costas.

Ley de Costas de 1989

La línea de deslinde marítimo- terrestre que determina qué es dominio público y por tanto, qué terreno no puede ser ocupado por viviendas particulares, aparece en la Ley de Costas en vigor desde el año 1989, que determina que son de ámbito popular los 100 metros de tierra más cercanos al mar. En el caso de Caleta de Caballo, las alegaciones admitidas sitúan la zona de afección de costas en la cota de 20 metros con respecto a la línea del mar, descartando hacerlo a los 100.